Comité de Ética Asistencial

El Comité de Ética Asistencial es un órgano colegiado de carácter consultivo e interdisciplinario, creado para analizar y asesorar sobre los conflictos éticos que se susciten como consecuencia de la atención de salud. Surge como una instancia de protección de las buenas prácticas asistenciales y de la calidad de las atenciones, al mismo tiempo que del respeto a la dignidad y el derecho de las personas a participar de las acciones vinculadas a su atención de salud. En el marco de la Ley 20.584   que Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones  vinculadas a su atención en Salud del Ministerio de Salud, en donde se establece la existencia de comités de ética asistencial.

Funciones del Comité de Ética:

  1. Asesorar a los usuarios o prestadores en el proceso de toma de
    decisiones relativo a aquellos conflictos ético-clínicos que se susciten
    como consecuencia de la atención en salud.
  2. Contribuir, en el marco de su función consultiva, a la protección de
    los derechos de los usuarios en su relación con los prestadores, y proponer a la institución las medidas adecuadas para la satisfacción de ellos en los casos de que resulten afectados.
  3. Velar por el respeto a la dignidad, autonomía e intimidad de las
    personas que participan en la relación clínica, en el marco de su función consultiva.
  4. Proponer a la institución protocolos y orientaciones de actuación de
    carácter preventivo para enfrentar situaciones en las que puedan surgir frecuentemente conflictos ético-clínicos.
  5. Contribuir a la promoción de la formación en bioética de los
    prestadores individuales y su difusión a usuarios de la institución, así
    como la de los miembros del propio Comité y del equipo directivo de la
    institución a la que pertenezcan.
  6. Elaborar y aprobar un reglamento de régimen interno del Comité.
    También debe elaborar una memoria anual de actividades y remitirla a la dirección correspondiente y al Ministerio de Salud.

No constituyen funciones del comité

  1. Proponer sanciones y adoptar decisiones de carácter resolutivo.
  2. Actuar como tribunal de Ética sobre la conducta de los prestadores individuales.
  3. Reemplazar la decisión clínica del profesional tratante o asumir la responsabilidad de quien ha solicitado su asesoramiento.
  4. Sustituir las funciones y competencias de los Comités ético-científicos.
  5. Efectuar auditorías a las actuaciones de los profesionales de la salud.

Integrantes actuales del comité

1.- Rene Humberto Santana Pinol, Presidente

2.- Marcia Noemí Railaf Sáez, Secretaria
3.- Claudia Hortensia Navarro Soto

4.- Lilian Patricia Lorena Morales Jiménez

5.- Igor Andrés Fritz Concha

6.- Pedro Eduardo Hoffmann León

7.- Hernán Andres Fernández Bustos

8.- Jocelyn Violena Concha Fernández

9.- Ruth Marcela Figueroa Aravena

10.- María Angélica Courbis Álvarez, representante de la comunidad

Las sesiones ordinarias se llevarán a cabo de manera quincenal, los miércoles a las 9 am. Sin embargo, se pueden realizar reuniones extraordinarias de lunes a viernes a través de la coordinadora o a requerimiento del director del Hospital Dr. Mauricio Heyermann Torres de Angol.
Pueden presentar casos al comité cualquier profesional vinculado a la atención de usuarios, como a su vez los propios pacientes, familiares o cuidadores, los cuales se deberán efectuar por escrito a través de correo electrónico: hacomite.etica@araucanianorte.cl  considerando: